Abogados de Visas para sobrevivientes de violencia y tráfico de personas en New Orleans
¿Qué es una Visa U?
La Visa U es una visa de no-inmigrante para víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso físico o mental y que pueden ayudar a cuerpos policiales o fiscales en los Estados Unidos en la persecución penal. La Visa “U” fue creada por el Congreso de los Estados Unidos en octubre de 2000, con el propósito de facilitar a víctimas de delitos sexuales como tráfico de personas, abuso sexual, abuso físico y otros delitos violentos a tener acceso a las autoridades policiales y fiscales.
En ocasiones, víctimas y sobrevivientes de este tipo de delitos no acuden a las autoridades a denunciar por miedo a ser detenidos o deportados. Muchas de estas víctimas son usualmente inmigrantes indocumentados y no tienen estatus migratorio, por esto, tienen temor a acudir a las instituciones policiales. Por esta razón, criminales que victimizan a inmigrantes indocumentados frecuentemente no pagan por sus delitos, y las comunidades inmigrantes son víctimas de altos índices de criminalidad.
Esta visa les permite a sobrevivientes de ciertos delitos, de sentirse cómodos al momento de ir a denunciar a la policía para asegurarse que los responsables de delitos paguen por sus faltas. Si los sobrevivientes les hablan a las autoridades acerca sobre lo sucedido, se espera que las autoridades que hacen cumplir la ley puedan investigar y combatir la actividad criminal de una mejor manera.
Víctimas de ciertos delitos pudieran eventualmente aplicar por una tarjeta de residencia permanente “green card” en el futuro, para esto, primeramente, deben tener estatus de no inmigrante U.
¿Quién es elegible para una Visa U?
En orden de ser elegible para una Visa “U”, la persona debe cumplir con los siguientes requisitos:
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Debe ser víctima de ciertos delitos enumerados o actividad criminal similar.
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Debe poseer información relacionada con la actividad criminal.
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Debe tener la capacidad de ayudar, haber ayudado o existir la posibilidad cierta que ayudará a autoridades o agencias federales, estadales o locales, en la detección, investigación, persecución o condena de los responsables de delitos.
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Debe haber sufrido un daño físico o psicológico significativo como resultado de haber sido víctima de uno o más de los delitos enumerados.
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La actividad criminal debe haber violado la ley federal o estadal de los Estados Unidos, o haber sido perpetrada en el territorio de los Estados Unidos o sus posesiones.
Para probar ayuda a un cuerpo de investigación policial o fiscal, el aplicante debe obtener una certificación firmada por un oficial a cargo de administrar la ley, como un fiscal, juez, oficial del Departamento de Seguridad Nacional, u otra autoridad federal, estadal o local encargada de investigar, perseguir o condenar cualquiera de los delitos enumerados.
¿Qué es una Visa T?
La visa T fue creada para proveer un alivio migratorio a las víctimas de “formas severas de tráfico de personas”. La ley protege a portadores de la visa T contra deportación y les concede permiso para trabajar en los Estados Unidos.
Aplicantes de buena fe para la visa T también tienen acceso a los mismos beneficios otorgados a los refugiados, incluyendo ayudas de dinero en efectivo, comida y entrenamiento para trabajar.
Esposos/as e hijos solteros pueden calificar como miembros dependientes de la víctima de tráfico. Adicionalmente, si el aplicante tiene menos de 21 años, los derivados pueden incluir padres y hermanos menores de edad que estén solteros.
¿Quiénes son elegibles para la Visa T?
La persona puede ser elegible:
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Si es víctima de una forma severa de tráfico, lo cual incluye tráfico sexual donde el sexo comercial es inducido por fraude, fuerza, coerción; o en el cual la víctima es menor de 18 anos de edad; o el reclutamiento, protección, transporte, o facilitamiento para obtener los servicios de una persona a través de fuerza, fraude o coerción con el propósito de someter al individuo a esclavismo o servidumbre involuntaria.
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Si está físicamente presente en los Estados Unidos como consecuencia del tráfico.
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Si asiste a las autoridades encargadas de administrar justicia (policías / fiscales) en la investigación o en el proceso de acusación de los traficantes (víctimas menores de 18 años están exentas de este requerimiento).
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Puede demostrar que sufrirá problemas extremos que envuelven daño severo e inusual si es deportado de los Estados Unidos.
¿Qué es una auto-petición “VAWA”?
VAWA (por sus siglas en inglés) significa Ley de Violencia Contra la Mujer, la cual fue sancionada por el Congreso en 1994. VAWA creó una ruta especial a residencia permanente para víctimas de violencia doméstica quienes normalmente necesitan a sus victimarios para obtener estatus migratorio. La auto-petición a través de VAWA le permite a víctimas de violencia generada por ciudadanos Americanos o residentes permanentes (esposos/as, hijos y padres) a llenar su petición familiar sin necesidad de su victimario.
¿Quiénes son elegibles para la auto-petición “VAWA”?
Las auto-peticiones VAWA pueden hacerlas esposos/as y ex-esposos/as de ciudadanos americanos y residentes permanentes de los Estados Unidos que han sido víctima de sus cónyuges. Esposos/as divorciados/as pueden llenar una auto-petición si la terminación del matrimonio esta relacionada con violencia y la aplicación es hecha dentro de dos años después de la terminación del matrimonio. Niños víctimas de violencia infringida por padres ciudadanos americanos o residentes permanentes deben hacer su petición antes de cumplir 25 años. Adicionalmente, padres de un niño víctima de violencia, aún y cuando el padre no ha sido víctima de violencia. Adicionalmente, padres de ciudadanos americanos o residentes permanentes que han sido víctima de violencia como adulto mayor.
Además de probar que fue víctima de violencia, un auto-peticionario debe también demostrar:
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Que existió un matrimonio de buena fe, si el victimario es un esposo o padrastro/a.
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La relación o nexo con el victimario.
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El estatus migratorio del victimario, bien sea ciudadano Americano o residente permanente.
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Buen carácter moral.
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Que residió con el victimario.
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La existencia de una relación de padre-hijo si el aplicante es padre o madre del ciudadano Americano o residente permanente que perpetró la violencia.
¿Quiere solicitar una visa para sobrevivientes de violencia y tráfico en los Estados Unidos? ¡Estamos aquí para ayudar!
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